¿Puedo publicar imágenes de mi hij@ sin el consentimiento del otro progenitor?

Hoy en día las redes sociales son el mayor medio de comunicación y de exposición que existe.

Según el informe Digital2022, en España hay actualmente 40,7 millones de personas que utilizan redes sociales en su día a día, lo que equivale al 87,7% de la población. En relación al año pasado estos datos se han visto incrementados, en un 3,3 millones de personas.

Muchas de estas personas utilizan estos medios como herramientas de trabajo, otros para publicitar productos, así como otros también lo utilizan para exponer su día a día, mostrando todo su entorno; momentos con amig@s, momentos con sus hijos menores, los productos fits que comen, el batido de después del entreno, etc. (-ya nos entendemos-.).

Por lo tanto, las redes sociales ya son parte del día a día de los adultos pero a consecuencia también son parte de la cotidianeidad de los menores.

 Si ambos progenitores están de acuerdo en que el menor sea expuesto en redes sociales no existe ningún tipo de problema, ahora bien, ¿y si uno de los padres no está de acuerdo con que su hijo sea expuesto en redes sociales? En los últimos tiempos es una de las mayores controversias que nos hemos encontrado en el despacho.

Lo primero que debemos saber es que sí o sí debe existir consentimiento por ambos padres (Así se ha pronunciado la Stc núm. 385/2018 de 15 de mayo de la AP de Barcelona en su sección 12ª), ya sea un consentimiento tácito (porque no expone la negativa al otro progenitor de que suba la imagen) o expreso (que se diga directamente y rotundamente que quiere que su hijo sea expuesto en redes sociales).

Los menores, como toda persona, gozan de su derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen que se recoge en el artículo 18.1, y estos son los titulares de estos derechos como así lo expone el artículo 4 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.

Cuando los progenitores publiquen en redes sociales imágenes de un menor que tiene suficiente madurez (a partir de los 14 años), quien debe dar consentimiento sobre sus derechos será éste mismo como así lo indica la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, sobre protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen establece en el artículo 3 en su apartado 1º:

“El consentimiento de los menores e incapaces deberá prestarse por ellos mismos si sus condiciones de madurez lo permiten, de acuerdo con la legislación civil.” Disponiendo el apartado 2º:” En los restantes casos, el consentimiento habrá de otorgarse mediante escrito por su representante legal (..).”

 Sin embargo, cuando la publicación se lleva a cabo sobre menores que no tienen esta madurez y sin el consentimiento de ambos progenitores, se están vulnerando los derechos fundamentales de los que goza el menor, como persona, al amparo de lo dispuesto e el artículo 18.1. CE:” Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.”

Cuando hablamos de menores de edad, quienes tienen el deber de garantizarles este derecho a la imagen y la intimidad, son los dos progenitores, y ¿Por qué necesitamos consentimiento de los dos progenitores? Por el ejercicio de la patria potestad compartido que tienen ambos sobre el menor. Por norma general ambos progenitores ejercen esa patria potestad compartida, que se encuentra regulada en el artículo 156 del Código Civil, Esta patria potestad solo es privada a uno de los progenitores si se da alguna de las circunstancias que se encuentran en el artículo 170 del Código Civil (causas criminales, por ejemplo).

Así pues, si no estas de acuerdo en que tu ex pareja-mujer o marido, suba imágenes de tus hij@s a las diferentes redes sociales, deberás acudir a la vía judicial, al procedimiento de jurisdicción voluntaria, y en SH ABOGADAS, somos especialistas, consúltanos, y te ayudamos.

Igualmente, debes saber que también puedes acudir a la vía judicial, para solicitar que se borren las imágenes que ya constan subidas de tu hij@ menor de edad sin tu consentimiento, o con el mismo pero que ya no quieres que sigan publicadas.

Estamos para acompañarte.

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